Rento Carga

Contrato de mandato con representación para la gestión de cobro y pago del flete

Versión 2026-10-26 · Vigente desde el 26 de octubre de 2026

Conste por el presente documento el Contrato de Mandato con Representación para la Gestión de Cobro y Pago del Flete (el “Contrato”) que celebran:

  • RENTO CARGA PERU S.A.C., con RUC N.° 20616366964, con domicilio en Av. República de Panamá N.° 3461, oficina 1301, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, Perú (el “MANDATARIO” o “RENTO CARGA”); y,
  • La persona natural o jurídica registrada en la Plataforma que acepte electrónicamente el presente Contrato, cuyos datos de identificación constan en su registro y que, tratándose de una persona jurídica, actúa a través de un representante con facultades suficientes (el “MANDANTE” o “EL TRANSPORTISTA”).

El MANDANTE y el MANDATARIO podrán ser denominados individualmente como la “Parte” y conjuntamente como las “Partes”. Las Partes acuerdan celebrar el presente Contrato bajo los términos y condiciones siguientes:

1. Objeto del contrato

1.1 Mediante el presente Contrato, EL TRANSPORTISTA encarga a RENTO CARGA, quien acepta, la gestión de cobro y administración de los pagos correspondientes a los servicios de transporte contratados a través de la Plataforma, cuando dichos pagos sean efectuados por los Clientes mediante la pasarela de pagos habilitada en la Plataforma.

1.2 Para tal efecto, EL TRANSPORTISTA otorga a RENTO CARGA mandato con representación y poder especial para que, actuando en su nombre y por su cuenta, realice las gestiones necesarias para recibir, a través de la pasarela de pagos habilitada en la Plataforma, los pagos efectuados por los Clientes, efectuar las deducciones que correspondan conforme a las condiciones aplicables al servicio, incluida la Tarifa de Servicio de RENTO CARGA equivalente al 6% del flete más IGV, o la tarifa reducida que resulte aplicable conforme a los Términos y Condiciones, y transferir a EL TRANSPORTISTA el saldo resultante.

1.3 RENTO CARGA ejercerá dichas facultades dentro de los alcances del presente Contrato, sin que ello implique la transferencia a su favor de la titularidad del crédito correspondiente al flete.

1.4 El presente mandato no faculta a RENTO CARGA a ceder, transferir ni negociar las facturas de EL TRANSPORTISTA. La negociación de las facturas con la entidad financiera o empresa de factoring con la que RENTO CARGA acuerde facilitar dicho servicio (la “Entidad Financiera Aliada”) será efectuada directamente por EL TRANSPORTISTA, mediante la aceptación electrónica de las condiciones de dicha entidad a través de la Plataforma. Asimismo, el presente mandato no comprende la recepción ni administración por parte de RENTO CARGA de los desembolsos derivados de dichas operaciones de factoring, los cuales serán efectuados directamente a EL TRANSPORTISTA, sin perjuicio de que la Entidad Financiera Aliada descuente de dichos desembolsos y abone directamente a RENTO CARGA la Tarifa de Servicio y las penalidades a cargo de EL TRANSPORTISTA, conforme a los Términos y Condiciones.

2. Gestión de los pagos

2.1 RENTO CARGA recibirá y gestionará los pagos efectuados por los Clientes respecto de los servicios contratados a través de la Plataforma, siempre que dichos pagos sean efectivamente recaudados mediante la pasarela de pagos habilitada, por cuenta de EL TRANSPORTISTA.

2.2 Sobre dichos importes, RENTO CARGA podrá aplicar las comisiones, penalidades, retenciones y demás conceptos que correspondan conforme a los Términos y Condiciones, las condiciones particulares del servicio y la normativa aplicable.

2.3 RENTO CARGA efectuará la liquidación semanal de los Servicios pagados al contado mediante la pasarela de pagos, considerando el periodo de lunes a domingo, y transferirá el viernes siguiente a EL TRANSPORTISTA los fondos efectivamente recibidos, descontados los conceptos que correspondan, en la cuenta bancaria registrada en la Plataforma, dejando constancia del detalle de los conceptos aplicados. El pago efectuado por el Cliente a RENTO CARGA dentro de los alcances del presente Mandato se considerará válidamente efectuado a EL TRANSPORTISTA hasta por el importe efectivamente recibido. RENTO CARGA rendirá cuenta de su gestión mediante la liquidación correspondiente y cuando EL TRANSPORTISTA lo solicite.

2.4 Los fondos que RENTO CARGA reciba por cuenta de EL TRANSPORTISTA provenientes de los pagos efectuados por los Clientes mediante la pasarela de pagos de la Plataforma, se mantendrán en una cuenta bancaria destinada a fondos de terceros, serán identificados y registrados separadamente de los ingresos propios de RENTO CARGA y se aplicarán exclusivamente a los fines del presente Contrato.

3. Retribución

3.1 Las Partes dejan constancia de que la ejecución del mandato no genera a favor de RENTO CARGA una retribución adicional a la Tarifa de Servicio y demás conceptos que correspondan conforme a los Términos y Condiciones y a las condiciones particulares de cada servicio.

3.2 En consecuencia, RENTO CARGA no podrá efectuar cargos adicionales por la gestión de cobro y pago materia del presente Contrato, sin perjuicio de las contraprestaciones correspondientes a servicios adicionales que hayan sido previamente informados y aceptados por EL TRANSPORTISTA.

4. Vigencia

El presente Contrato tendrá vigencia desde la fecha de su aceptación electrónica por EL TRANSPORTISTA a través de la Plataforma y será de plazo indeterminado.

EL TRANSPORTISTA podrá revocar el mandato y el poder conferidos a RENTO CARGA en cualquier momento, mientras que RENTO CARGA podrá renunciar a ellos, conforme a las disposiciones aplicables del Código Civil.

La revocación o renuncia deberá comunicarse a través de la Plataforma o mediante correo electrónico dirigido a la otra Parte, dejando constancia de su recepción, sin perjuicio de las formalidades y comunicaciones a terceros que legalmente correspondan.

La extinción del mandato impedirá que RENTO CARGA gestione nuevos cobros por cuenta de EL TRANSPORTISTA, sin afectar las obligaciones generadas durante su vigencia. Las Partes coordinarán la atención de las operaciones pendientes, y RENTO CARGA deberá efectuar las liquidaciones y rendiciones de cuentas correspondientes a los fondos efectivamente recibidos. La revocación del mandato por EL TRANSPORTISTA implicará el cierre de su cuenta en la Plataforma, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones previamente asumidas.

5. Alcances del mandato

5.1 RENTO CARGA actuará únicamente dentro de las facultades conferidas mediante el presente Contrato y no asumirá obligación personal respecto del pago del flete ni de las obligaciones propias de EL TRANSPORTISTA derivadas de la ejecución del servicio de transporte.

5.2 Los actos que RENTO CARGA realice dentro de los alcances del mandato y del poder conferidos se entenderán efectuados en nombre y por cuenta de EL TRANSPORTISTA, quien asumirá los efectos jurídicos que correspondan.

5.3 RENTO CARGA no estará obligada a utilizar recursos propios para efectuar pagos a favor de EL TRANSPORTISTA cuando los importes correspondientes no hayan sido efectivamente recibidos del Cliente, sin perjuicio de su responsabilidad por la adecuada administración, liquidación y transferencia de los fondos efectivamente recibidos en virtud del presente Contrato.

6. Ley aplicable y solución de controversias

El presente Contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de la República del Perú.

Cualquier controversia derivada de su interpretación, ejecución o terminación será resuelta, en primer término, mediante trato directo entre las Partes. De no alcanzarse una solución, las Partes se someten a la competencia de los jueces y tribunales de Lima Cercado.

En señal de conformidad, EL TRANSPORTISTA manifiesta su aceptación expresa del presente Contrato mediante la marcación de la casilla habilitada en la Plataforma, bajo la siguiente declaración: “He leído y acepto el Contrato de Mandato con Representación para la Gestión de Cobro y Pago del Flete y otorgo a RENTO CARGA las facultades previstas en dicho documento”.

Dicha aceptación quedará registrada electrónicamente, incluyendo la identificación del aceptante, fecha, hora y versión del Contrato aceptado, conservándose la constancia correspondiente.

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